Insisto que no estoy Sorprendido.
A estas alturas del partido, nada ya debe sorprenderme. Es más, se que en el fondo estaba esperando este resultado, sino este mundo sería otra cosa.
El juez chileno Alvarez dijo que no a la extradición de Fujimori.
Los fujimoristas saltaron en un pie, comenzando con ese ser salido del Parque de la Leyendas, Carlos Raffo. Frases como "perdimos la batalla y no la guerra" "Soy inocente" "No hay presiones al poder judicial" se mezclan con otras más populares que escuché en la calle, como "chilenos hijos de puta" "Chino conchatumare" y otras distingidas muestras de indignación.
Ya nada me sorprende, es más, esperaba esto. Incluso preferiría que se quede en Japón, pero con sus fanáticos seguidores que son capaces de inmolarse con la torre del Centro Cívico, es imposible sacarlo de la política peruana. Una pena.
Vamos a ver que pasa. Prometo no hacerme el sorprendido.
Más: En Japón protestan contra Fujimori. (Vía el Fondo del Vaso)
Más: En Chile todavia hay gente indignada. (Vía pepitaspuntocom)
1 comentario:
A ver, luego de haberme empujado toda la sentencia trataré de hacer un análisis super simple sobre lo que creo relevante.
El juez Álvarez es famoso por haberse opuesto al juzgamiento a Pinochet por delitos de lesa humanidad. Además, como varios saben, no es abogado penalista, y por lo tanto existe, de cajón, una limitación de fondo para sentenciar correctamente. Sin contar que tiene muy poco conocimiento de Derecho Internacional al no poner en práctica resoluciones vinculantes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En su sentencia se evidencian varios errores y falsedades, todo lo contrario a lo que la Fiscal Maldonado dictaminó.
Un grave error fue aplicación de artículo 647 del CPP chileno, de 1906, en donde se autoriza a la autoridad chilena la evaluación de las pruebas de culpabilidad. Como todos saben, hoy, según las diversas resoluciones vinculantes de la CIDH, no se admite como válido evaluar las pruebas de culpabilidad del acusado en los proceso de extradición. Esto es así, porque el proceso de extradición por naturaleza tiene como finalidad aceptar o no el pedido analizando sólo formalidades e indicios. Si se cumplen con ambas cosas, tanto las formalidades como la evidencia de indicios suficientes, se procede a la extradición, de esa forma, una vez en el país que solicitó la extradición, conforme a sus leyes, se procederá a realizar el proceso judicial analizando los temas de fondo. Esto agregado a que en el país en donde se está llevando acabo el proceso de extradición nunca se cumplen dos principios básicos del derecho penal: inmediación y publicidad. Lo único que se le pide al país que tiene al procesado por extradición es que se remita a analizar las formalidades y los indicios.
Otro grave error fue que, incluso metiéndose a analizar el fondo del asunto, el juez Álvarez incurrió en falsedades por no tener a la mano todos los elementos suficientes para llegar a conclusiones debidamente sustentadas. Esto fue así, porque todos los expedientes correspondientes a los procesos penales se encuentran en el Perú, ya que en Chile sólo está el referido al proceso de extradición. Nunca el país que lleva a cabo el proceso de extradición tendrá todas las herramientas para juzgar por el fondo porque esa no es su tarea.
A diferencia del dictamen fiscal que estableció claras presunciones múltiples, graves y concordantes, las que sumadas a los indicios suficientes, concluían que debe ser extraditado para que juzgue el tema de fondo en el Perú; la sentencia del juez Álvarez, por el contrario, establece que las pruebas se contradicen y que no comprometen a Fujimori, evidenciando que se metió en un tema de fondo que no debió tocar en su sentencia.
Este es un típico caso en donde el juez tiene un sesgo ideológico muy conservador y que lo evidencia en su resolución. No creo que haya una cuestión política detrás en donde haya intervenido el gobierno chileno.
Esperemos que la Suprema revoque la sentencia, cosa que creo sucederá, y tengamos en menos de tres meses a Fujimori para que sea procesado de acuerdo a las leyes peruanas.
Saludos cordiales,
Enrique.
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